El Derecho Penal Corporativo hace referencia al conjunto de tecnicas y procedimientos que puede adoptar su empresa para eviar que en la misma se cometan hechos punibles que pueden afectar a la empresa como figura juridica y de esta la responsabilidad penal individual de cada uno de sus miembros, a terceros, al mercado o intereses socioeconomicos relacionados con el estado.
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¿De que elementos se puede defender a la empresa?:⚠️
➖Litigio en materia penal esencialmente relacionado a delitos patrimoniales y financieros.
➖Fraude.
➖Extorsión.
➖Delitos en materia fiscal.
➖Abuso de confianza.
➖Administración fraudulenta.

🛡Actualmente, existen programas de prevención de estos “Riesgos Penales Corporativos”, como el cumplimiento normativo llamado: “COMPLIANCE”.
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⚖️Este modelo COMPLIANCE es ideal ante delitos como: contrabando de extracción, boicot, usura, especulación, acaparamiento, corrupción entre otros, ya que, si algún particular dentro de la empresa comete alguno de estos delitos, se protege el funcionamiento y la reputación de la organización, y se atenúa la responsabilidad al momento de recibir sanciones legales.
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📜Su regulación en nuestro Ordenamiento Jurídico es difusa, sin embargo la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo establecer ciertas normas y politicas que deben de tener estos sujetos con relación a delitos como Legitimación de Capitales.
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Si usted desea que su organización este protegida jurídicamente ante este tipo de hechos, consulte a un especialista.
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✅ Copyright: @abogadoaguilar

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